El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos, CENIDH Filial Matagalpa recibió, el 6 de febrero de este año, a más de cincuenta personas habitantes de las comunidades de Santa Ana Yasica Sur, Santa Emilia y San Antonio de Upa, jurisdicción del Municipio de San Ramón, representantes de más de un centenar de familias, quienes denunciaron amenazas de desalojo por parte de particulares y autoridades municipales de la Alcaldía de Matagalpa.
Según los denunciantes, la propiedad ocupada fue entregada a desmovilizados del Ejército y de la Resistencia mediante títulos de reforma agraria en los años noventa, siendo ratificados posteriormente a través de títulos emitidos por la Comunidad Indígena de Matagalpa, dueños históricos de estas tierras. Según la documentación presentada varios de los títulos fueron inscritos en el Registro de la Propiedad de Matagalpa. Sin embargo, pese a su legalidad expresaron tener conocimiento que el Ing. Sadrach Zeledón, Alcalde de Matagalpa, está solicitando la anulación de los asientos registrales.
Asimismo, denunciaron constantes agresiones físicas por parte de la seguridad privada de hacendados que pretenden adjudicarse por las vías de hecho más de un mil manzanas que les pertenecen a las comunidades mencionadas, contando con el apoyo de la Policía y el Ejército destacado en la zona.
Los denunciantes manifestaron no ser toma tierras, como se ha dicho para deslegitimar sus derechos adquiridos como desmovilizados y como indígenas, pues varios de los afectados pertenecen a la casta indígena de Matagalpa. Según Pío Antoni Cano Aragón, líder de la Comunidad Santa Ana-Yasica Sur, actualmente siendo presionados para aceptar la salida de la propiedad y ser reubicados en otro lugar ya que el Alcalde de Matagalpa ha manifestado que estas tierras son de interés militar.
Finalmente, refirieron ser víctimas de la indolencia de instancias como la Intendencia de la Propiedad, las cuales evitan pronunciarse al respecto pese a la legalidad de sus títulos, así como ser víctimas de persecución por parte de la policía quienes han abierto proceso investigativo contra los líderes: Victorino Landero Muñoz, Sixto Pastor, Concepción Dávila, Marvin Herrera y Damaris Cristina Gonzales, todos ex miembros de la Resistencia Nicaragüense. Contradictoriamente, frente a las agresiones sufridas por los denunciantes y las distintas denuncias interpuestas, la policía no ha actuado con la misma beligerancia.
Un equipo del CENIDH se presentó el 7 de febrero en la comunidad Santa Ana-Yasica Sur donde conversó con decenas de pobladores, pudiendo constatar in situ que la comunidad está conformada por más de un centenar de personas (hombres, mujeres, ancianos, niños y niñas) quienes habitan en casas de madera desde hace más de diez años, siendo evidente que las personas que actualmente viven en estas tierras no son de ninguna forma precaristas. Además, Santa Ana cuenta con una escuela multigrado, lo que evidencia su carácter comunitario.
Durante la visita fue evidente el temor de la población al desalojo y su desconfianza en la policía, la que según éstos actúa de manera parcializada. Según archivos del CENIDH y distintos medios de comunicación en los últimos diez años se dieron diferentes enfrentamientos entre los habitantes de estas comunidades y trabajadores de hacendados de la zona, dejando a varias personas heridas y al menos dos adolescentes muertos que responden a los nombres de Ariel y Fátima, ambos de apellido Soza.
Los antecedentes violentos de esta problemática y la situación de tensión actual dejan al descubierto un conflicto que debe ser atendido con la mayor beligerancia por parte de las autoridades. En tal sentido, la actuación imparcial y oportuna de la Policía Nacional es imprescindible para evitar afectaciones a la integridad de las personas; la no intervención del Ejército, que durante la visita del CENIDH pudo verse patrullando la zona, es básica para evitar mayores conflictos entre las partes. Finalmente, la actuación imparcial y conforme a la ley de instituciones como Intendencia de la Propiedad y la Alcaldía son requerimientos imprescindibles para una solución definitiva a este problema que afecta la paz y seguridad de los habitantes de estas comunidades.
Cabe subrayar que el artículo 1 de la ley 228 expresa que la Policía Nacional es el órgano encargado de proteger la vida e integridad física y la seguridad de las personas, prevenir el delito, preservar el orden público y social, velar por el respeto a los bienes nacionales, sociales y particulares… Es evidente entonces, el deber legal de la Policía Nacional para garantizar la paz social.
En tal sentido, el CENIDH demanda se adopten las medidas pertinentes a fin de garantizar el respeto de los derechos de los afectados y la vigencia del Estado de Derecho el cual no puede ser concebido como una abstracción jurídica, sino que debe traducirse en prácticas institucionales que garanticen el respeto a los derechos fundamentales de los y las ciudadanas nicaragüenses.
El CENIDH actualmente brinda seguimiento a esta problemática en la que los afectados demandan se respeten sus derechos de propiedad adquiridos en 1990 cuando decidieron entregar las armas e integrarse a la vida civil.