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CENIDH participa en marcha contra la explotación minera en Rancho Grande

11 de octubre de 2013

 

 

El 10 de octubre del presente año el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos CENIDH  Filial Matagalpa participó, junto a  promotores/as de derechos humanos de la Red Padre César Jerez, procedentes de Ciudad Darío, San Ramón, San Isidro y comunidades de Matagalpa,  en la movilización y feria educativa: “Digamos no a la explotación minera en Rancho Grande” organizada por diferentes actores locales del departamento de Matagalpa.

 

La movilización contó con la participación de organizaciones de la sociedad civil, movimientos sociales, Iglesia Católica, afectados/as de Mina el Limón en León, pequeños productores/as de la Dalia y   con población de Rancho Grande, es decir, con diversidad de actores locales que con las consignas: ¡No a la minería!, ¡Yo rechazo la minería!, ¡Salvemos nuestro planeta, digamos no a las concesiones mineras!, “Cada pedazo de Tierra es sagrado para mi pueblo, digamos no a la minería, , ¡Podemos vivir sin oro, pero no podemos vivir sin agua y tierra!, entre otras,  manifestaron su rechazo a la explotación minera.

 

Así mismo, los asistentes manifestaron su solidaridad con la población de este municipio quien de manera mayoritaria se opone al proyecto minero el Pavón Rancho Grande impulsado por la empresa de capital canadiense B2GOLD. Como una forma de ratificar nuestro apoyo y de demandar respeto a los derechos económicos, políticos y sociales de la población el CENIDH entregó a los asistentes informe realizado en 2013 el cual  recoge las opiniones de diferentes actores locales del municipio de Rancho Grande y Matagalpa en relación al referido proyecto, así como nuestras consideraciones.   

 

Al respecto el CENIDH señala que es deber del gobierno preservar y conservar el medio ambiente no sólo por la riqueza que representa para el país sino por el valor intrínseco que tienen por sí mismos al ser el hogar de diversas especies animales y vegetales.  En este sentido, la Constitución señala que los nicaragüenses tienen el derecho de habitar en un ambiente saludable. Es obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y de los recursos naturales (Articulo 60).  Asimismo, la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Ley 217, establece el deberdelEstadoydetodosloshabitantesprotegerlosrecursosnaturalesyel ambiente, mejorarlos, restaurarlos y procurar eliminar  los  patrones  de  producción y consumo no sostenibles (artículo 4 numeral 2). Estas disposiciones señalan con claridad el deber ineludible del Estado en la protección del medio ambiente.

 

La inversión y generación de ingresos para la población es saludable para el desarrollo local y nacional siempre y cuando no esté reñida con bienes jurídicos de interés mayor, de ahí que la libertad de los habitantes, en el ámbito de las actividades económicas y sociales, está limitada y condicionada por el interés social (artículo 4 numeral 6 de la Ley 217). Cualquier obra o proyecto que degrade y/o contamine los recursos naturales es incompatible con cualquier noción  de desarrollo sostenible, fundamentalmente cuando afecta los recursos hídricos de un país donde una parte importante de la población carece de agua potable, de ahí que es deber del Estado rechazar este tipo de proyectos que no sólo deterioran la calidad de vida de las actuales generaciones sino que comprometen la calidad de vida de las futuras.  

 

 

Que es deber del Estado mejorar las condiciones de vida de la población en general, eliminando la pobreza y reduciendo las desigualdades sociales  las cuales constituyen los principales motivos de que estos proyectos sean percibidos por la población como fuentes de ingresos que sin duda alguna a corto plazo mejoran las condiciones de vida de una minoría, pero a mediano y largo plazo destruyen la posibilidad de un desarrollo sustentable, sostenible y respetuoso de los derechos humanos.

 

 

Por otras experiencias de explotación minera de las que el CENIDH ha tenido conocimiento como Santa Pancha y Santo Domingo consideramos que estos proyectos lejos de garantizar desarrollo y progreso favorecen el enriquecimiento de una minoría, acentúan la desigualdad social y constituyen focos propicios para la violación de los derechos humanos, deteriorando de manera acelerada las bases de la paz y estabilidad social. 

 

 

La Constitución señala que Nicaragua es una República democrática, participativa y representativa cuya soberanía reside en el pueblo por lo que el gobierno nacional, regional y local deben someterse a la voluntad popular. En el caso concreto el CENIDH constató que una amplia mayoría de la población de Rancho Grande se  opone a este proyecto. Al respecto la Ley 217 señala que en los contratos de explotación racional de los recursos naturales ubicados en los municipios respectivos, el Estado solicitará y tomará en cuenta la opinión de los gobiernos municipales, antes de autorizarlos.

 

 

El CENIDH demanda al Estado de Nicaragua respetar la decisión de la población de Rancho Grande de que no se desarrolle un proyecto de explotación minera en esa región del país. Asimismo, demandamos cumplimiento del gobierno en relación a su deber de proteger y preservar los recursos naturales, pues el apoyo a la actividad minera bajo el discurso de la generación de empleo se contrapone de forma absoluta a este deber.

 

 

 

 



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