El CENIDH y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) realizaron el Foro: “Análisis de la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso YATAMA y su impacto en Nicaragua”, éste fue presidido por la Doctora Vilma Núñez de Escorcia Presidenta del CENIDH, Diputado Brooklin Rivera Líder Principal de la organización YATAMA, Doctor Mauro Ampié Vílchez Director Ejecutivo del CENIDH, Doctor Luis Carlos Buob, Abogado para Nicaragua de CEJIL, Doctora Nancy Yáñez Fuenzalida, Codirectora del Observatorio Ciudadano en Chile y el Doctor José Thompson Director del Centro de Asesoría y Promoción Electoral CAPEL, del Instituto Interamericano de Derechos Humanos IIDH.
En dicha actividad participaron representantes de pueblos indígenas y afro descendientes de la Costa Caribe Norte y Sur, representantes de organismos no gubernamentales y miembros del equipo del CENIDH.
La Presidenta del CENIDH recordó que en el año 2000, el gobierno de turno excluyó a Yatama de participar en las elecciones municipales, y ella misma acompañó a Yatama en su demanda para que les restituyeran su derecho a participación en las elecciones, recordó que en ese momento lograron que un Tribunal de la Región Autónoma fallara a favor, pero la Corte Suprema de Justicia en 48 horas revocó la resolución, fue entonces que decidieron llevar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La Doctora Núñez agregó que en el 2005 la Corte Interamericana de Derechos Humanos hizo historia para los pueblos indígenas del Continente Americano cuando se pronunció a favor de Yatama.
Uno de los objetivos del CENIDH con el foro es que se conozca la sentencia de Yatama, la cual no solo favorece a esta agrupación política sino que tiene un mayor alcance para todos los indígenas y ciudadanos que ejercen el derecho a participar en elecciones, ya que La Corte Interamericana por medio de su sentencia ordena al Estado de Nicaragua reformar la Ley Electoral para que los pueblos indígenas participen en elecciones de acuerdo a sus costumbres, y que las resoluciones del Consejo Supremo Electoral sean susceptibles de recursos de amparo. Las reformas legislativas trascienden a la ley electoral, tocan también la Constitución Política y la Ley de Amparo.
Por su parte el Doctor Mauro Ampié Vílchez, Director Ejecutivo del CENIDH recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado de Nicaragua, la publicación de la sentencia, la indemnización a las víctimas, el pago de los gastos y las costas, y las reformas legales orientadas a establecer la revisión judicial de las resoluciones que dicta el Consejo Supremo Electoral en esta materia, también orienta mejorar sustancialmente el sistema electoral nicaragüense y entre esos mandatos permitir la participación de las comunidades indígenas respetando sus propias formas de organización y participación, sin imponerles el modelo de partido político.
Recordó que durante el gobierno del ex Presidente Enrique Bolaños, se formó una comisión que le daría seguimiento al cumplimiento de la sentencia, integrada por el Vice canciller de entonces, YATAMA, representantes del CENIDH y CEJIL. El gobierno presentó una propuesta de reforma electoral que fue analizada por los peticionarios pero al final del proceso, el gobierno concluyó que no habían condiciones para proceder a una reforma electoral.
Al llegar al poder el Presidente Ortega, el gobierno apartó a los representantes de las víctimas de las sesiones de trabajo para continuar implementando la sentencia, lo cual quedó manifiesto en el 2008 cuando pagó la indemnización y costas gastos del juicio ordenadas por la Corte a Yatama, rechazando que el CENIDH participara, lo cual evidencia los obstáculos para la labor de defender derechos impuestos como política de Estado por el gobierno del Presidente Ortega. El Dr. Ampié calificó esa exclusión de inaceptable y a la vez violatoria de la Declaración de Defensores que obliga al Estado, a facilitar esta labor.
En la audiencia privada que se llevo a cabo en mayo de 2010, cuando se cuestionó al Estado por el incumplimiento a las reformas electorales, los funcionarios explicaron las dificultades para lograr estas reformas por la composición de la Asamblea Nacional, conformada por diferentes corrientes partidarias, ninguna con mayoría absoluta. En esa ocasión el Estado de Nicaragua se comprometió a remitir un cronograma detallado y completo de las acciones destinadas al cumplimiento de la sentencia para tal fin, se le dio un plazo de tres meses, pese a que la Corte Interamericana lo ha solicitado en siete ocasiones, el Estado no solo no ha cumplido con el compromiso sino que también ha dejado de presentar los informes periódicos a los que está obligado.
El Dr. Ampié expresó que a ocho años de haber sido dictada la sentencia, el Estado de Nicaragua no ha cumplido con las medidas de reparación más relevantes, precisamente con aquellas que tienen por objetivo evitar que los hechos que originaron la sentencia se repitan en detrimento de una organización política como Yatama, de los pueblos indígenas, afro descendientes y de todos los nicaragüenses.
Para el CENIDH la pretendida excusa de que no se contaba con los votos necesarios para la reforma ya no es válida, ya que el partido de gobierno en la actualidad, cuenta con amplia mayoría parlamentaria. Como muestra de la falta de voluntad de cumplir la sentencia, el 23 de mayo del 2012, la Asamblea Nacional, procedió a una reforma electoral, que fue aprobada en solo cuatro días, pero en ninguno de sus puntos abordó los mandatos contenidos en la sentencia de Yatama. Esto fue informado por el CENIDH y CEJIL a la Corte en la audiencia que se celebró el 28 de mayo de este año, a la cual el Estado de Nicaragua no se presentó, como una prueba más de su desacato, concluyó en Dr. Ampié.
En su intervención el Diputado Brooklin Rivera Líder Principal de la Organización Indígena YATAMA y Presidente de la Comisión de Asuntos de los Pueblos Indígenas, Afro descendientes y Regímenes Autonómicos, de la Asamblea Nacional, abordó el tema de la afectación al ejercicio de los derechos políticos de los pueblos indígenas como consecuencia del incumplimiento de la sentencia del caso YATAMA insistiendo en que el modelo del partido político no responde a la realidad de los pueblos indígenas.
En su magistral intervención la Doctora Nancy Yáñez, abordó ampliamente sobre los instrumentos internacionales que reconocen los derechos humanos de los pueblos indígenas y afro descendientes, principios rectores del convenio 169 y como estos influyen directamente la legislación interna, para fortalecerla.
Por su parte el Doctor José Thompson Director del Centro de Asesoría y Promoción Electoral CAPEL, abordó el tema de los Derechos Políticos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos e implicancias de las reformas electorales ordenadas por la Corte IDH en el caso YATAMA.
Las conclusiones del foro estuvieron a cargo del Doctor Luis Carlos Buob, Abogado para Nicaragua del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), quien enfáticamente concluyó que la sentencia de la Corte Interamericana en el Caso YATAMA, pertenece a todos los pueblos indígenas de Nicaragua y de las Américas.