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CENIDH informa a Relatores de Libertad de Expresión de la ONU y de la OEA cierre de Radio La Ley.



CENIDH informa a Relatores de Libertad de Expresión de la ONU y de la OEA cierre de Radio La Ley.
Carta enviada al Doctor Frank LaRue, Relator para la Libertad de Expresión del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU) y a la Doctora Catalina Botero, Relatora Especial para la Libertad de Expresión, de la Organización de Estados Americanos (OEA)

El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), desea hacer de su conocimiento que el 30 de julio del corriente año, recibimos denuncia de Santiago Aburto Ovando, identificado con cédula No. 449-010172-0000B por el cierre de su radio, denominada “La Ley” y el decomiso de los equipos de dicho medio de comunicación. En su denuncia, el profesional de la comunicación refiere que el 19 de junio las instalaciones de su radio fueron asaltadas con violencia por un grupo de aproximadamente treinta civiles armados que sin identificarse procedieron a registrar todo el local, sus archivos y escritorios y a sustraer todos los equipos, documentación, dinero e incluso objetos varios propiedad del periodista.

El afectado atribuye el proceder de la autoridad a razones políticas y descalificó cualquier argumento administrativo que pretendiera justificar el cierre de la emisora por parte del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos TELCOR y de las autoridades de la Dirección General de Aduanas. Cabe señalar que Santiago Aburto fue Jefe de Prensa del Partido Alianza Liberal Nicaragüense cuando ésta era liderada por el Licenciado Eduardo Montealegre y colaboró durante la campaña de éste en las cuestionadas elecciones municipales de 2008.

No omitimos manifestarles que el cierre se produjo cuando la radio apenas estaba comenzando a transmitir en el municipio de Sébaco a 103 kilómetros de Managua. De igual forma, el periodista propietario de la emisora denunció estar recibiendo amenazas en su programa “Buenas Tardes Nicaragua” que se transmite en Radio Corporación expresándole que tenga cuidado, que mucho habla y que aparecerá como Carlos Guadamúz, periodista asesinado en el año 2004 a manos de un ex miembro de la Seguridad del Estado en la década de los ochentas.

El CENIDH condenó en su oportunidad el cierre de la emisora y considera que tal actitud se inscribe en la política gubernamental de restringir y deteriorar las condiciones para el ejercicio de la libertad de expresión que incluye los distintos ataques y agresiones de las que han sido víctimas los y las periodistas y los medios de comunicación críticos como Radio Darío, Caricias y Metro Stereo en la ciudad de León, así como una política de comunicación social cuya implementación excluye a los medios críticos.

Respecto del cierre de Radio La Ley el CENIDH sostuvo una reunión con el Presidente Ejecutivo de Telcor, Ing. Orlando Castillo y asesores legales quienes señalaron que la actuación del Ente Regulador fue conforme a derecho ya que la radio, cuya licencia fue concedida desde el año 2004 no operó sino hasta mayo de 2009 incumpliendo las disposiciones legales y el contrato de concesión que le obligaban a operar en un plazo de noventa días desde la fecha de concesión y en caso de incumplimiento su cancelación automática. Sumado a lo anterior, la licencia fue otorgada por cinco años que vencían el 30 de enero del corriente año y en opinión de las autoridades entrevistadas no le beneficia la prórroga señalada en la Ley No. 670 Ley de Prórroga a las Licencias de las Empresas, Personas Naturales o Jurídicas que operan Radio, Televisión y Tele Cable porque no estaba operando.

Dicha ley en su artículo 1 establece que: “Las licencias otorgadas por el Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (Telcor) como ente regulador a las empresas, personas naturales o jurídicas que operan Radio, Televisión y Tele cable, quedan por Ministerio de la presente Ley, prorrogadas hasta que entre en vigencia la nueva Ley General de Telecomunicaciones y Correos que apruebe la Asamblea Nacional”.

Las autoridades alegaron que el Señor Aburto nunca se presentó a solicitar una prórroga ni a realizar los trámites correspondientes previos a la instalación de la radio, como lo requería su intención de iniciar operaciones.

Con relación a los equipos de transmisión, las autoridades señalaron que los mismos no eran los autorizados para la transmisión y que tampoco Aburto solicitó la sustitución de los inicialmente convenidos. De igual forma, expresaron que la ocupación de dichos equipos por la Dirección General de Aduanas obedeció a que no fueron presentadas las pólizas de introducción al país, por lo que dichos equipos se encuentran retenidos hasta la presentación de las respectivas pólizas.

Para el CENIDH, estas medidas lesionaron el Principio 7 de la Declaracion de Chapultepec, compromiso adquirido por el entonces candidato Daniel Ortega Saavedra en diciembre de 2002, que en lo conducente establece que el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión no deben aplicarse para premiar o castigar a medios o periodistas.

En ese sentido, cabe también recordar la Declaración Conjunta sobre Diversidad en Radiodifusión adoptada el 8 de diciembre de 2007 por el Relator Especial de Naciones Unidas sobre Libertad de Expresión, el Relator Especial de la OEA y la Relatora de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos que establece que: “Se debe proveer apoyo a aquellos que deseen establecer nuevos tipos de medios de comunicación con base en criterios equitativos y objetivos aplicados en forma no discriminatoria” para fundamentar que las expectativas del proceder de las autoridades incluyen la de apoyar a quien desea establecer un medio de comunicación.

El CENIDH considera que al cerrar Radio “La Ley” se violó el principio de legalidad y de seguridad jurídica, por cuanto se incumplió con el procedimiento de cancelación y medios de impugnación establecidos para el caso; en lo que refiere a que TELCOR solamente puede cancelar la licencia cuando previamente hubiera apercibido o sancionado al titular respectivo, por lo menos en tres ocasiones. De igual forma, el proceder del Ente regulador no ha abonado en este caso a crear un ambiente favorable al ejercicio de la libertad de expresión en Nicaragua.

Por otra parte, siendo que el propietario de la Radio La Ley es un reconocido crítico del gobierno, la cancelación de la licencia otorgada a Santiago Aburto sugiere un trato desigual, una aplicación selectiva y rigurosa de las disposiciones que rigen las concesiones que no brindó oportunidad para que el periodista, previa cancelación de la concesión, alegara lo que tuviera a bien y en caso de no haber cumplido con algunas de las formalidades previstas en la ley dispusiera de un plazo para enmendar su incumplimiento.

De igual forma, consideramos que la drástica medida de cancelar la licencia se aparta de lo expresado en la declaración antes señalada que “Para promover la diversidad se debe utilizar el sistema menos invasivo para la administración del espacio radioeléctrico…”

La decisión de TELCOR violentó los derechos constitucionales del propietario de radio La Ley, de sus radioescuchas y de la población en general. De igual forma, el decomiso de los equipos de la radio constituye un proceder contrario a lo establecido en el arto. 68 de la Constitución que en su parte conducente establece que “… En ningún caso podrán decomisarse, como instrumento o cuerpo del delito la imprenta o sus accesorios, ni cualquier otro medio o equipo destinado a la difusión del pensamiento”.

Teniendo en cuenta lo expresado por el afectado y las autoridades, el CENIDH estima que más allá de los procedimientos establecidos por nuestra legislación debió la autoridad evitar realizar acciones que por sus características violentas sugieren un ataque selectivo y represivo contra las voces críticas de la actuación gubernamental, más aún si tenemos en cuenta el reconocimiento por parte de la autoridad de que otros medios están incumpliendo.

En tal sentido, parece oportuno recordar que el principio 12 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, dispone que las asignaciones de radio y televisión deben considerar criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en el acceso a los mismos.

El CENIDH considera que los derechos de Santiago Aburto a operar la emisora y el de comunicar sus ideas a sus radioescuchas deben ser protegidos por lo que les solicitamos, interpongan sus buenos oficios para que el Ente Regulador y la Dirección General de Aduanas respeten la libertad de expresión, el derecho que asiste a Santiago Aburto de gozar de la licencia para continuar operando así como el derecho de los nicaragüenses a conocer diferentes opiniones e informarse.

Agradeciendo su amable atención a la presente, adjuntamos la Resolución Administrativa No. 329-2009 dictada por el Presidente Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR) y quedamos a su disposición para brindarles cualquier información adicional que estimen necesaria.

Atentamente,

Bayardo Izabá Soliz

Director Ejecutivo

C/c Archivo CENIDH

Ing. Orlando Castillo, Presidente de TELCOR

Sr. Santiago Aburto

Médios de Comunicación

En la Foto Wendy Flores, abogada del CENIDH y Santiago Aburto, Director de Radio La Ley al momento de denunciar los hechos ante los medios de comunicación


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Managua, 2009-08-11


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